Qué son los costos indirectos
Dentro del precio unitario, el costo directo es lo que se puede medir por unidad de concepto: los materiales, la mano de obra y el equipo que quedan en ese m², ese m³ o esa pieza. El costo indirecto es todo lo demás que hace falta para que la obra exista pero que no puede cargarse directamente a un concepto: el sueldo del superintendente, la renta de la oficina, el seguro, las fianzas, la papelería, el contador.
Por eso no se cotiza por unidad, sino que se reparte: se suma todo el gasto indirecto y se convierte en un porcentaje que se aplica sobre el costo directo de cada concepto. Así, cada precio unitario "carga" su parte proporcional de esos gastos generales.
El indirecto es distinto del financiamiento (el costo del dinero mientras el cliente te paga) y de la utilidad (tu ganancia). Los tres se aplican después del costo directo, pero son conceptos separados y no deben mezclarse.
Indirectos de obra vs. indirectos de oficina central
Los costos indirectos se dividen en dos grandes grupos, y confundirlos es un error clásico que deja fuera gasto real:
- Indirectos de obra (o de campo): los que ocurren en el sitio y solo existen porque esa obra está corriendo. Incluyen la dirección y supervisión técnica (residente, superintendente, sobrestante), el campamento y oficinas de obra, almacén, vigilancia, comunicaciones, consumos de la obra, herramienta menor y equipo de seguridad. Si la obra termina, ese gasto desaparece.
- Indirectos de oficina central (o de administración): los del negocio como tal, que existen tengas o no esa obra. Incluyen la dirección general, la administración, la contabilidad, la renta y servicios de las oficinas, honorarios legales y fiscales, el área de licitaciones y la depreciación de equipo de oficina. Este gasto se reparte entre todas las obras que la empresa tiene en el año.
- Fianzas, seguros e impuestos sobre la nómina y erogaciones también entran como indirectos, y según el caso pueden ubicarse en obra o en oficina central.
Cómo se calcula el porcentaje de indirectos
El porcentaje de indirectos no se inventa ni se copia: se calcula. La lógica es sencilla: se suma todo el gasto indirecto y se divide entre el costo directo sobre el que se va a distribuir.
Porcentaje de indirectos = (Total de costos indirectos ÷ Total de costo directo) × 100.
Para los indirectos de oficina central, el cálculo se hace normalmente con base anual: se toma el presupuesto de gastos de la oficina para el año y se divide entre el volumen de obra (costo directo) que la empresa espera ejecutar en ese mismo año. Para los indirectos de obra, se estima el gasto de campo del proyecto y se divide entre el costo directo de esa obra.
El resultado es un porcentaje único (o dos, sumados) que se aplica a cada concepto. Por eso una empresa que factura poco reparte sus gastos de oficina entre menos obra y suele tener un porcentaje más alto que una empresa grande: no es que gaste más, es que tiene menos costo directo entre el cual repartir.
Ejemplo de cálculo
Supongamos una constructora chica que este año espera ejecutar $10,000,000 de costo directo. Sus gastos de oficina central para el año (dirección, administración, renta, contador, licitaciones) suman $900,000.
Indirecto de oficina central = 900,000 ÷ 10,000,000 = 9%.
Para una obra específica de $2,000,000 de costo directo, sus indirectos de campo (residente, caseta, vigilancia, fianzas de esa obra) se estiman en $120,000.
Indirecto de obra = 120,000 ÷ 2,000,000 = 6%.
El indirecto total a cargar en los precios unitarios de esa obra es 9% + 6% = 15%. Así, un concepto con costo directo de $2,600 por m³ de concreto carga $2,600 × 0.15 = $390 de indirectos, quedando en $2,990 antes de financiamiento y utilidad.
Cambia cualquier supuesto —menos obra al año, más gente en la oficina— y el porcentaje cambia. Ese es el punto: el indirecto es específico de cada empresa y de cada momento.
Los indirectos en obra pública (RLOPSRM)
En obra pública federal, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento (RLOPSRM) regulan cómo se integra el precio unitario, y los indirectos tienen reglas explícitas.
El artículo 213 del RLOPSRM define el costo indirecto como los gastos generales necesarios para la ejecución de los trabajos no incluidos en los costos directos, y lo divide justamente en indirectos de administración de oficinas centrales e indirectos de administración de obra (de campo). El reglamento incluso lista los rubros que pueden considerarse en cada uno (honorarios y sueldos del personal directivo y técnico, depreciación, renta, fletes, seguros y fianzas, entre otros).
La regla de oro es que un mismo gasto no puede contarse dos veces: lo que ya está en el costo directo, en el financiamiento o en la utilidad no puede volver a meterse en los indirectos. Por eso las propuestas de licitación exigen desglosar el indirecto y suelen rechazar cargos que no correspondan o que dupliquen conceptos. Presentar un indirecto inflado o mal integrado es causa de observación —o de descalificación— en un concurso de obra.
Errores comunes al cargar indirectos
Estos son los que más se repiten y más cuestan:
- Olvidar los indirectos de oficina central y cargar solo los de obra: el negocio termina absorbiendo sin cobrar la administración, la renta y la contabilidad.
- Copiar el porcentaje de otro presupuesto o de otra empresa, sin calcularlo con los gastos reales propios.
- Duplicar conceptos: meter en indirectos algo que ya se contabilizó en el costo directo, en el financiamiento o en la utilidad (lo que en obra pública se observa de inmediato).
- No actualizar el porcentaje cuando cambia el volumen de obra del año: menos obra contratada exige un porcentaje más alto para cubrir los mismos gastos de oficina.
- Meter la utilidad "escondida" dentro del indirecto para que no se note; en un concurso desglosado esto salta y compromete la propuesta.